Suspensión de la Patria Potestad

La patria potestad tiene como fin primordial la protección del hijo y para ello, concede a los padres tres derechos sobre ellos, estos son:

  • Usufructo, es el derecho que tienen los padres para usar y gozar de los bienes del hijo.
  • Administración de los bienes del hijo, es decir deben administrar diligentemente los bienes del hijo.
  • Representación del hijo, tanto judicial como extra judicial.

Las consecuencias de la suspensión son temporales ya que una vez superadas las circunstancias que motivaron la decisión del juez de familia de inhabilitar a uno o ambos padres en el ejercicio de la patria potestad, es posible que éste logre su restablecimiento.

La suspensión no libera ni exonera a los padres de los deberes que tienen para con sus hijos, manteniéndose vigente la obligación de proveer alimentos en favor de ellos, al igual que los de crianza, cuidado personal y educación. En la misma demanda usted puede iniciar el proceso de suspensión de la patria potestad y la obligación alimentaria

Se puede poner fin definitivamente a la patria potestad mediante la emancipación.

Quien formule demanda de solicitud de suspensión de patria potestad debe indicar el nombre de los parientes que deban ser oídos de acuerdo, los cuales serán citados.

Recuerde que el padre que maltrate a un menor, podrá perder definitivamente la patria potestad

Proceso:

  1. Si considera y tiene el sustento de que uno o ambos padres no están cumpliendo con sus deberes, cualquier familiar del menor (padre, madre, abuelos, tíos), defensor de familia o el juez de oficio (el juez ordena un trámite o proceso sin que este haya sido solicitado), podrá iniciar, por medio de una demanda, el proceso para que se declare la suspensión de la patria potestad.
    La demanda se presentará ante el juez de familia del lugar donde se encuentra el menor y debe contener los hechos en que se fundamenta, lo que se pretende de manera clara, así como las pruebas o documentos que la sustenten.
  2. En caso de que usted no cuente con los medios económicos para contratar a un abogado que lleve su proceso, podrá acudir a un Centro Zonal de Bienestar Familiar (ICBF) del lugar donde viva el menor. Allí le prestarán la orientación necesaria y de ser procedente un defensor de familia iniciará su proceso.
  3. Si el juez encuentra probados los hechos que se manifiestan en la demanda, suspenderá la patria potestad que ejerce uno o ambos padres sobre el niño, niña o adolescente. En caso de que a ambos padres se les suspenda la patria potestad, el juez ordenará que se nombre un guardador o tutor.
    La afectación a la patria potestad debe ser inscrita en el correspondiente registro civil del menor.

La protección de tus hijos es primordial. Déjanos tus datos en los comentarios para ayudarte en este proceso. 👇👇

Fuente: legalApp

1 comentario en “Suspensión de la Patria Potestad”

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